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La Audiencia de Teruel archiva el caso contra un sacerdote acusado de agresión sexual.

La Audiencia de Teruel archiva el caso contra un sacerdote acusado de agresión sexual.

TERUEL, 22 Nov.

La Audiencia Provincial de Teruel ha tomado la decisión de sobreseer provisionalmente las diligencias que fueron abiertas por el juzgado de Instrucción número 3 de Teruel contra un sacerdote que estaba siendo investigado por delitos sexuales.

Tras realizar un exhaustivo análisis de las actuaciones, el tribunal determinó, en un auto, que no existen indicios de que el investigado "haya mantenido una conducta susceptible de encontrar encaje en el delito de agresión sexual por el que ha sido denunciado".

La defensa del investigado presentó un recurso contra el auto dictado por el juzgado de Instrucción el 14 de septiembre de 2023, solicitando el sobreseimiento de la causa. El Ministerio Fiscal también se adhirió a esta petición.

En su resolución, el tribunal especifica que la decisión tomada se basa únicamente en constatar "la existencia de indicios bastantes de la comisión, por parte del apelante, de un delito de agresión sexual".

El tribunal explica en su resolución que la denunciante "no menciona la utilización de violencia o fuerza por parte del investigado", y de los datos presentados en la denuncia y en la declaración ante el Magistrado-Juez instructor, se desprende que no solo no mostró su posible desacuerdo, sino que incluso los facilitó. Añaden también que la denunciante ha expresado haberse sentido "manipulada" por el denunciado, ya que al ser su figura espiritual y religiosa de confianza, confiaba plenamente en él y "no era consciente de lo que estaba pasando".

Las magistradas consideran que la denunciante "no es menor de edad ni una persona con discapacidad, sino una persona adulta con un nivel intelectual elevado y sin limitaciones en sus capacidades, a pesar de sus patologías. No hay pruebas que indiquen que no era capaz de entender la gravedad de sus actos". Añaden que no han encontrado "una posición de superioridad del denunciado con respecto a la denunciante", y tampoco se ha demostrado "una situación de vulnerabilidad" de la denunciante de la cual el investigado pudiera haberse aprovechado para llevar a cabo los actos denunciados.

En cuanto a la posible vulnerabilidad de la denunciante, explican que luego de un detallado estudio de las diligencias, lo que presenta la denunciante son características de personalidad vulnerables, y no una vulnerabilidad que limite sus facultades intelectuales, cognitivas y volitivas.

Así lo concluyen después de evaluar todos los informes y declaraciones de los profesionales que han examinado a la denunciante. Dichos informes indican que "sus facultades intelectuales, cognitivas y volitivas no estaban afectadas y que su capacidad de autodeterminación, comprensión y voluntad no se vieron mermadas en ningún momento".

Por lo tanto, se ha estimado el recurso presentado por el sacerdote investigado, se ha revocado el auto dictado por el juzgado de instrucción y se ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa. Esta decisión de la Audiencia Provincial de Teruel no puede ser objeto de recurso.